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Preguntas Frecuentes:

 

Para su conveniencia hemos incluido las preguntas mas frecuentes realizadas por nuestros clientes.  Recuerden que con mucho gusto nos puede llamar para aclarar estas u otras preguntas.  Una vez más estamos para servirles y recuerde: "Su tiempo libre es para compartirlo en familia"

TENEMOS DISPONIBLE LOS FORMULARIOS NECESARIOS PARA CUALQUIER TIPO DE GESTION EN DTOP/CESCO


 

¿Qué documentos necesito para renovar mi licencia de conducir?

 

  • Certificado Nacimiento o Pasaporte Vigente

  • Tarjeta Seg Social

  • Recibo de Utilidades (AAA, AEE, Telefóno, etc

    • Si el documento no está a su nombre la persona a cuyo nombre este el documento, deberá autorizarlo mediante Formulario DTOP-DIS-156 Certificación de Residencia Principal” e incluir copia de una identificación fehaciente de la persona.

    • De no conseguir a la persona a cuyo nombre está el documento, el solicitante deberá hacer una declaración jurada ante un Notario Público o Funcionario Autorizado Formulario DTOP-DIS-263 Afirmación So Pena de Perjurio Certificación de Dirección Residencial Permanente”, en la cual certifique su dirección residencial permanente.

 
¿Que hago si compré un vehículo y el dueño registral no aparece?
 
  • Visítenos para ayudarle.  El proceso se llama "traspaso ex-parte" en nuestra oficina el Gestor y nuestros abogados le orientaremos sobre los pasos a seguir para realizar dichas gestiones.
 
 
¿Tengo mi licencia de concucir vencida hace más de dos años, Que puedo hacer?
 
  • Debe de comenzar el proceso nuevamente, tiene que tomar nuevamente el exámen escrito y el práctico.  En algunos CESCO de haber espacios disponibles lo pudiera hacer el mismo día, en la mañana el escrito y en la tarde el práctico. LLámenos para orientarles.
 
 ¿Cuando puedo cambiar mi licencia de aprendizaje por la de conducir?
 
  • Si es mayor de 16 y menor de 18:  Debe de esperar seis meses a partir de la fecha de emisión.
  • Si es mayor de 18: Debe de esperar 30 días a partir de la fecha de emisión.
 
  Soy Veterano, Puedo obtener una tablilla especial para Veteranos?
 
  • Si, necesitará los siguientes documentos:
  1. Formulario DTOP-DIS-058 Solicitud de Tablilla Especial para Veteranos”.
  2. Original del Permiso para Vehículos de Motor y Arrastres, vigente, de no estar legible deberá presentar Certificación de Marbete.
  3. Evidencia de pago de toda multa administrativa o cancelación de gravamen, si alguno.
  4. Haber sido dado de baja del Servicio Bajo Condiciones Honorables Honorable Discharge”, para lo cual se requerirá someter certificación expedida por el Departamento Federal de Asuntos de Veteranos o la Forma DD-214 expedida por el Departamento de Defensa de los Estados Unidos de América.
  5. Devolver la tablilla anterior.
 
 Para solicitar el Reemplazo del Certificado de Título, debes:

 

  • El dueño registral deberá hacer una Declaración Jurada solicitando reemplazo e indicar lo sucedido con el Certificado de Título

  • Si el mismo se perdió, fue hurtado o destruido incluir el número de querella de la Policía de Puerto Rico

  • Sello de Rentas Internas por el valor de cinco (5) dólares.

  • Carta de saldo (si el vehículo tiene Gravamen Mobiliario) y Comprobante de Rentas Internas código 1696, por el valor de cinco (5) dólares.

 

Tiene multas en su licencia o vehículo?  No puede renovar su licencia de conducir porque no tiene el dinero para pagar las multas?  Que puedo hacer?

 

  • Sepa usted que la Ley Núm. 29 del 8 de marzo de 2011 tiene como propósito conceder a toda persona que tenga gravadas multas en el expediente del conductor o en el registro del vehículo de motor infracciones la oportunidad de acogerse a un plan de pago.  Llámenos para orientarlos al respecto. (787) 609-6362 / (787) 470-6542

    

 

**Recuerden que cada caso es individual las agencias pudieran solicitarles otros documentos según sea su caso. 

 

De solicitar ayuda adicional no dude en comunicarse con nosotros (787) 609-6362 / (787) 470-6542

 

 

 

 

                                                                        http://www.dtop.gov.pr

        

                                                                        http://www2.pr.gov

 

                                                                        http://www.hacienda.gobierno.pr/

 

 

 
 
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
 
 
 

 

 

 

 

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